Tras 36 horas de discusión, peleas y recesos, diputados aprueban Miscelánea Fiscal; va al Senado

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La Cámara de Diputados aprobó la Miscelánea Fiscal, la cual obliga a los jóvenes a registrarse en el SAT y establece tope de deducciones en donativos

Ciudad de México. Después de más de 36 horas de discusión, peleas, gritos y un receso, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular con 274 votos a favor y 220 en contra la Miscelánea Fiscal 2022, la cual establece que los jóvenes, una vez que cumplan 18, deberán darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y pone un límite a las deducciones en donativos.

Los legisladores presentaron casi 500 reservas para corregir el dictamen aprobado en la Comisión de Hacienda y Crédito Público; sin embargo, sólo fueron aprobabas seis de ellas presentadas por Morena y el PVEM; es decir, ninguna de los partidos de oposición fue avalada.

Una de las reservas que pasó fue la diputada Lidia García Anaya para modificar el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, la cual aclara que aquellos jóvenes de 18 años, que no tengan actividades económicas, se inscriban en el RFC bajo el rubro Inscripción de personas físicas sin actividad económica, por lo que no estarán obligados a pagar contribuciones ni presentar declaraciones, tampoco serán sancionados.

Mientras, una de las disposiciones que no modificaron y que generó controversia fue el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), el cual plantea que el monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la UMA (el equivalente a 163,467 pesos), o del 15% del total de los ingresos del contribuyente.

Otras modificaciones a la Miscelánea

Otra reserva que aceptaron fue al párrafo noveno del artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para aumentar de 300,000 a 900,000 pesos, el tope propuesto para no pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se establece para las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.

Dicha fracción quedará así: “Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de 900,000 pesos efectivamente cobrados, no pagarán el Impuesto Sobre la Renta por los ingresos provenientes de dichas actividades”.

Otra reserva fue la morenista Paola Tenorio Adame para eliminar disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, relativas a las cuotas aplicables a los combustibles automotrices.

Una de las modificaciones fue eliminar el transitorio quinto que decía: “Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 2o, fracción I, inciso D) de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, en sustitución de lo previsto en el párrafo tercero del inciso mencionado, la actualización para 2022 de las cuotas aplicables a los combustibles automotrices se realizará mediante la aplicación del factor de 1.034 a dichas cuotas, mismas que se expresarán hasta el diezmilésimo.

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