Prohíben en Zacatecas terapias de conversión contra la comunidad LGBT

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Plumas Atómicas

También establecieron sanciones para los delitos de odio, incluyendo los crímenes por razones de preferencia u orientación sexual

Zacatecas se convirtió en el quinto país en prohibir las terapias de conversión contra la comunidad LGBT. Además definieron acciones concretas para los delitos de odio.

También conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig) ya serán un delito en la entidad, luego de que el Congreso de Zacatecas votó a favor de la prohibición.

Se informó que con 21 votos a favor, las y los legisladores reformaron el Código Penal estatal en beneficio de la comunidad integrada por lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, entre otras expresiones u orientaciones.

En la misma sesión, se aprovechó para tipificar los delitos de odio en que se incluyen crímenes por razones de preferencia u orientación sexual.

Respecto a las terapias de conversión, se establecieron sanciones de hasta tres años de prisión a quienes “impartan, promuevan, ofrezcan, sometan u obliguen a otros” a recibir los supuestos tratamientos para corregir su orientación sexual e identidad de género.

La iniciativa se presentó en noviembre del año pasado con la intención de modificar el artículo 182 del Código Penal para sancionar a los promotores de las terapias de conversión ofrecidas como “terapias psicológicas”, métodos o tratamientos que prometen anular, obstaculizar o modificar la orientación, expresión o identidad de género de una persona, documentaron medios locales.

En Ciudad de México, las terapias de conversión se prohíben desde el 24 de julio de 2020; otros estados que se sumaron a la reforma penal son Estado de México, Baja California Sur y Yucatán.

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