Culiacán, Sinaloa.- Diputados del Partido Sinaloense: doctor Víctor Antonio Corrales Burgueño y MC. Angélica Díaz Quiñónez presentaron una iniciativa que tiene como objetivo que en clínicas, hospitales generales y regionales de Sinaloa, en donde atienden población indígena, éstos cuenten con la asistencia de cuando menos un traductor de sus lenguas.
Hay que recordar que el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha interpretado que el derecho a la salud no se limita a la protección de la salud física del individuo, es decir, a no padecer, o bien, a prevenir y tratar una enfermedad, sino que atento a la propia naturaleza humana, va más allá, en tanto comprende aspectos externos e internos, como el buen estado mental y emocional del individuo. De ahí que, según la interpretación del Alto Tribunal, el derecho a la salud se traduce en la obtención de un determinado bienestar general integrado por el estado físico, mental, emocional y social de la persona, del que deriva un derecho fundamental más: el consistente en el derecho a la integridad físico-psicológica.
“El Informe de Desarrollo Humano de los Pueblos Indígenas en México del PNUD de 2010 demostró que la población indígena se encuentra en clara desigualdad de oportunidades relativa a la salud en todas las entidades federativas. Además, se ha puntualizado que los factores como la desnutrición o mortalidad infantil se confirma que las personas indígenas son particularmente vulnerables”.
En el Partido Sinaloense consideramos avanzar en el reconocimiento de los derechos de las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, pues incluso el Estado está obligado a garantizar a la población hablante de lenguas indígenas, el pleno acceso a las instituciones, a los programas, pero, sobre todo, a proporcionar la información pertinente de los servicios de salud que se ofrecen, en su lengua respectiva, considerando los particulares problemas de discriminación que enfrentan las comunidades indígenas, especialmente en materia de salud.
“Esta iniciativa del PAS tiene su pertinencia como base en la Acción de Inconstitucionalidad 63/2022 que fue un proceso legal promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para declarar la invalidez del artículo 16 Quater, segundo párrafo, de la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo, en donde se argumentó que se violan los principios de igualdad y no discriminación, el derecho a la salud, los derechos lingüísticos y el derecho a la identidad al establecer requisitos discriminatorios para recibir servicios de salud”.




