Culiacán, Sin. Sin duda alguna, el derecho al libre tránsito es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, considerado como la facultad que tienen las personas de poder transitar libremente dentro del país, mudarse, o en su caso entrar o salir del territorio nacional sin necesidad de contar con algún documento o permiso; tema que desafortunadamente actualmente se encuentra en total desordenamiento jurídico en México.
El doctor Francisco Álvarez Valdez, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), detalló que este derecho se encuentra establecido en el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde indica que “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes”; además señaló que está libertad no solo protegida por la Constitución sino también por tratados internacionales que México ha celebrado en esta materia.
“Las cuatro principales características circular dentro del país de un estado a otro sin necesidad de algún tipo de documento que se nos solicite para ello, también la posibilidad de poder cambiar de residencia, de entrar o en su caso de salir del país”, expresó.
Por su parte Álvarez Valdez comentó que al momento en que las personas ejerzan este derecho y en su caso llegarán a sufrir algún accidente en autopista, ejemplo de esto, viajar en alguna compañía de transporte, está debe de tener contratado un seguro para indemnizar a las víctimas o en su caso a los familiares de los afectados; aclarando que en este tipo de situaciones existen instituciones en donde se brinda el apoyo necesario para hacer valer los derechos.
“A la libertad de tránsito tenemos la Comisión de Derechos Humanos que pueden brindarles amplia información en relación a estos aspectos, y en relación a los seguros está una dependencia que se llama CONDUSEF, en donde pueden dar la información sobre la compañía de seguros que tienen contratada dicha empresa de transportes y cuál es la cobertura que tiene amparada”, puntualizó.