En días pasados, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó penalizar las terapias de conversión y a quien anule o suprima la orientación sexual
Culiacán, Sin.- “No hay nada que curar” porque desde hace más de 30 años, la Organización Mundial de la Salud (OMS) descartó la homosexualidad como una enfermedad. Sin embargo, los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género (ECOSIG) lastiman y han orillado a miembros de la comunidad LGBT+ a tomar la decisión de quitarse la vida, advirtió la diputada Almendra Ernestina Negrete Sánchez.
La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y Familia lamentó que, estos tipos de tratamiento, lejos se ayudar pueden causar a las víctimas daños psicológicos y físicos que pueden llegar a ser permanentes, incluso llegando a autoflagelarse o cometer suicidio.
Negrete Sánchez criticó la postura de algunos grupos religiosos y otros conocidos como pro-familia, los cuales durante el proceso de la reforma para penalizar estos tratamientos optaron por el camino de lo señalamientos y en “defender” por qué estaba mal el hecho tener preferencias sexuales diferentes.
ECOSIG son penalizados en Sinaloa
En días pasados, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó penalizar las terapias de conversión y quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de una persona y derivado de estos se afecte su integridad física, moral o psicoemocional, se le impondrá de dos a seis años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa.
La legisladora morenista detalló que para seguir este delito, será necesario presentar una denuncia de por medio, pero se perseguirá de oficio cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad, o adulto mayor.
¿Qué es un ECOSIG?
Se entiende por ECOGIEG o también conocidos como terapias de conversión, a los tratamientos, servicios, o prácticas cualquiera que sea su denominación a las sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión de género o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.