En Sinaloa ya se podrá ser gobernador a los 25 años y diputado a los 18

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También se aprobó que las personas deudoras alimentarias no podrán ser candidatas para acceder a cualquier cargo de elección popular ni ser ser servicio público

Culiacán, Sin.- Por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó este martes reformas que reducen la edad de 30 a 25 años para ser gobernador o gobernadora y de 21 a 18 años para ocupar una diputación local.

Las reformas también garantizan el acceso de jóvenes a candidaturas a cargos de elección popular y a cargos públicos, y también abonan a la lucha emprendida por las mujeres, con modificaciones orientadas a prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia en contra de ellas.

Al tener la aprobación unánime, el presidente de la Mesa Directiva, Ricardo Madrid Pérez, instruyó a la Secretaría General del Congreso que se emita el Decreto correspondiente, y que por ser una reforma constitucional se remita a los ayuntamientos para que emitan su votación dentro de los 15 días siguientes.

Las reformas fueron propuestas a través de cinco iniciativas de ley, todas con el objeto de reformar diversos artículos y establecer adiciones a la Constitución Política de Sinaloa.

Entre los artículos que se reforman están el 12 constitucional, relativo a los derechos o prerrogativas del ciudadano sinaloense, y en donde se precisa que éstas se pueden suspender.

Se reforma la fracción VI para establecer como causal de suspensión de derechos y garantías el estar prófugo de la justicia desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal.

A este mismo artículo se adicionan las siguientes fracciones:

VII: Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo sicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para acceder a cualquier cargo de elección popular ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Con las reformas aprobadas a la Constitución local también se modifican los artículos 25, 56, 66 y 77.

En el primero se reduce la edad de 21 a 18 años cumplidos al día de la elección para ser diputada o diputado.

En el artículo 56 se reduce la edad de 30 a 25 años para ser gobernadora o gobernador.

Con la reforma al artículo 67, que estaba redactado con lenguaje masculino, ahora la redacción es incluyente y queda de la siguiente manera:

67: para ser titular de una Secretaría o Subsecretaría del Poder Ejecutivo del Estado se requerirá ser ciudadana o ciudadano mexicano en el ejercicio de sus derechos, poseer la capacidad necesaria a juicio del Gobernador del Estado y tener 25 años cumplidos (era de 30 años).

Las cinco iniciativas que se tomaron en cuenta fueron presentadas por:

*El gobernador Rubén Rocha Moya.
*Diputadas y diputados de Morena, PRI, PAN, PT Y MC y los diputados Sin partido Feliciano Valle Sandoval y Adolfo Beltrán Corrales.
*La diputada Cinthia Valenzuela, del PRI.
*La diputada Giovanna Morachis Paperini y un grupo de ciudadanas y ciudadanos.
*El Grupo Parlamentario del PAS.

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