AMLO vulneró imparcialidad, neutralidad y equidad rumbo a elección 2024: TEPJF

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El presidente López Obrador realizó el 1 de julio de 2023 un mitin para celebrar cinco años de su triunfo electoral.

Ciudad de México. Los magistrados de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, realizó promoción personalizada y usó indebidamente recursos públicos con el discurso emitido durante el “Quinto aniversario del triunfo del pueblo”, realizado el primero de julio del 2023 en el Zócalo capitalino.

En sesión pública, resolvieron que dichas conductas se acreditaron, porque la finalidad de ese discurso fue vincular su administración, logros y promesas de gobierno para lograr simpatía y adhesión por parte de la ciudadanía.

Además, “el mandatario se manifestó contra fuerzas políticas distintas a aquellas que lo postularon para ocupar la titularidad del Ejecutivo federal, conducta que pudo influir en las preferencias electorales”, señaló la Sala Especializada.

Cabe recordar que el jefe del Ejecutivo no puede ser sancionado por infracciones electorales, por lo que únicamente se declara su responsabilidad en atención a criterios fijados por la Sala Superior de este tribunal.

El asunto surgió a raíz de una denuncia interpuesta por la senadora del PAN con licencia Kenia López Rabadán, que a su juicio el discurso del Presidente resultó contrario a derecho, al buscar promocionar su imagen y los logros de su gobierno, favorecer a Morena y atacar a la oposición de cara al proceso electoral concurrente que actualmente transcurre.

La Sala Especializada ya había revisado el caso previamente y había determinado la inexistencia de las infracciones a la normativa electoral, pero su sentencia fue impugnada ante la Sala Superior, la cual la revocó parcialmente.

En la discusión de hoy el pleno de la Sala Especializada también ordenó dar vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE para que, en el ejercicio de sus funciones, determine si procede iniciar un procedimiento especial sancionador para investigar si los titulares de la Coordinación de Comunicación Social de Presidencia, y del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) incurrieron en alguna infracción electoral.

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