UIF amaga con reactivar caso vs García Luna si no se alcanza acuerdo reparatorio

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La UIF lleva este juicio contra de García Luna y sus socios, ante las Cortes del Undécimo Circuito Judicial de Miami Dade, Florida

Luego de que se solicitara a la jueza Lisa Walsh la medida procesal de retiro voluntario de la demanda sin perjuicio (voluntary dismissal without prejudice) en el caso del ex secretario de Seguridad federal, Genaro García Luna, y sus socios para la recuperación de recursos públicos desviados del Estado mexicano, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) advirtió que de no concretarse el acuerdo reparatorio dentro de un plazo de 30 días, procederá a presentar nuevamente la demanda ante el mismo tribunal para seguir el curso procesal del juicio hasta que se llegue a una sentencia.

La UIF lleva este juicio contra de García Luna y sus socios, ante las Cortes del Undécimo Circuito Judicial de Miami Dade, Florida.

Cabe recordar que la jueza Lisa Walsh autorizó la continuación del diálogo entre las partes para mantener la búsqueda de un acuerdo más allá de la etapa obligatoria de mediación, inclusive durante el periodo que previamente había sido definido para la etapa de juicio, mismo que comprendió el lapso entre el 28 de abril y el 23 de mayo de 2025.

Aún y cuando las partes han avanzado sustancialmente para concretar el acuerdo que permitirá al Estado Mexicano profundizar el conocimiento de la trama de corrupción investigada, además de la recuperación de bienes derivados de ésta, la UIF remarcó que éste no terminó antes de la fecha límite señalada.

¿Qué dice la Ley de Florida?
Contexto: en efecto, conforme a la Regla 1.420(a)(1) del Código de Procedimientos Civiles de la Florida, México puede retirar su demanda de manera voluntaria en cualquier momento por medio de la presentación ante la Corte de una estipulación suscrita por las partes involucradas.

Por lo regular, el efecto del retiro voluntario implica terminar el procedimiento sin una resolución judicial de fondo, pero en este caso las partes han solicitado a la jueza que conserve jurisdicción para dictar una sentencia sólo si ésta surge del acuerdo que se haya alcanzado. En caso contrario, de no perfeccionarse el acuerdo, se mantiene abierta la posibilidad de volver a presentar la demanda, ya que no se habrá resuelto el fondo del actual procedimiento.

Cabe señalar que el retiro voluntario de la acción no afectaría la sentencia en contra de García Luna, su esposa y empresas, pues, en su caso, se solicitaría posterior a su fallo condenatorio.

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