Etiqueta: Objeción de conciencia

  • PAN presenta iniciativa para proteger derecho a la objeción de conciencia

    PAN presenta iniciativa para proteger derecho a la objeción de conciencia

    La iniciativa propone modificar el artículo 10 bis para que personal de salud ejerza la objeción de conciencia cuando consideren que se oponen a sus objeciones religiosas, éticas y de conciencia

    Ciudad de México.- Diputados por el PAN presentaron en la tribuna de la Cámara de Diputados una iniciativa para proteger el derecho a la objeción de conciencia del personal médico.

    La iniciativa presentada por el diputado Éctor Ramírez y respaldada por 16 diputados, entre ellos, la exprimera dama Margarita Zavala, propone modificar el artículo 10 bis para que el personal de salud y enfermería pueda ejercer la objeción de conciencia cuando consideren que se oponen a sus objeciones religiosas, éticas y de conciencia.

    El legislador Ramírez Barba afirmó que es un error la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de considerar la invalidez de la objeción de conciencia del personal sanitario.

    “Estamos presentando una iniciativa que ponga por delante el derecho a la salud y que ponga por delante el derecho a la objeción de conciencia. Cuando se habla de la reforma constitucional a la que hago alusión no puede haber libertad cuando hay una sola opción”, expresó el panista.

    Con sus compañeros panistas en tribuna, quienes alzaban pancartas con la leyenda “Sí a la Objeción de Conciencia”, Éctor Ramírez manifestó que la objeción de conciencia es un derecho individual y únicamente puede ser invocado por personas, no por instituciones de salud.

    La propuesta del PAN causó la molestia de algunas diputadas de Morena. La diputada Marisol García acusó que la objeción de conciencia sí pone en riesgo los derechos humanos de las personas y aprovechó la participación desde su curul para señalar que desde un aspecto ético “le cuesta legislar con las diputadas Margarita Zavala y Mariana Gómez del Campo”, acusándolas de genocidas.

    En respuesta, la diputada Mariana Gómez del Campo dijo que Morena y aliados tienen “un crush” con ellas, pues en cada intervención las insultan. Cuando la diputada Margarita Zavala pidió la palabra para argumentar que la objeción de conciencia es un derecho fundamental reconocido en la Constitución y tratados internacionales, los morenistas la interrumpieron con la consigna de “ABC”.

  • Corte exhorta a Congreso poner límites sobre objeción de conciencia

    Corte exhorta a Congreso poner límites sobre objeción de conciencia

    Los ministros de la Corte acordaron que legisladores federales regulen la objeción de conciencia para garantizar que el derecho a la salud de las personas no se vea afectado.

    Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) exhortó al Congreso de la Unión para que legisle entorno a los límites de que debe tener la objeción de conciencia en la Ley General de Salud, a fin de que el derecho a la salud de las personas no se vea afectado.

    La resolución judicial fue votada este martes durante la sesión pública y contó con el respaldo de la mayoría de ocho ministros.

    De acuerdo con el fallo, los legisladores federales deberán poner límites a la objeción de conciencia para evitar poner en riesgo la vida de una persona, expuso el ministro ponente Luis María Aguilar Morales.

    “Me permito proponer a este tribunal pleno que se notifique esta sentencia al Congreso de la Unión señalándole lineamientos o reglas, si pudieran considerarse en caso de emitir una nueva legislación, de manera que la regulación de la objeción de conciencia sanitaria únicamente sea válida si cumple al menos con cierto piso mínimo de principios” , indicó el ministro Aguilar Morales al detallar los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad del Artículo 10 bis de la Ley General de Salud por deficiente y abusivo en su redacción.

    Aguilar Morales destacó que si bien existe un consenso en cuanto a que la objeción de conciencia es un derecho de médicos y enfermeras, no puede permitirse que razones ideológicas, religiosas o de conciencia impidan la actuación de un profesional de la salud en la interrupción de un embarazo, por ejemplo.

    La exhortación a los legisladores federales contempla el recordarles que las autoridades e instituciones de salud deberán contar con el equipo y personal suficiente para realizar los procedimientos médicos en caso de que sus colegas aludan a la objeción de conciencia.

    Con base en lo resuelto por los ministros, el total de los lineamientos para normar la objeción de conciencia se conocerán una vez que quede concluido el engrose de la sentencia y que todos los ministros y ministras envírn sus comentarios a su compañero Aguilar Morales, en razón de que durnate la sesión de este martes se decidió realizarlo de esa manera.

    La invitación de la Corte a los legisladores no establecerá un plazo máximo para regular la objeción de conciencia sanitaria.

  • Corte invalida artículo de Ley General de Salud sobre objeción de conciencia

    Corte invalida artículo de Ley General de Salud sobre objeción de conciencia

    El Pleno de la Suprema Corte considera que su redacción es deficiente y permite abusos en su invocación por parte de personal médico

    Ciudad de México.- Con una mayoría calificada de ocho votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la invalidez del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud (LGS), sobre objeción de conciencia, al considerar que su redacción es deficiente y permite abusos en su invocación por parte de personal médico.

    Luego de 2 horas y 20 minutos de sesión, se determinó que este martes se decidirá si se hace un exhorto o se ordena al Congreso de la Unión para que legisle, para garantizar un derecho a la salud, en una reglamentación que tiene pendiente en los transitorios de la LGS desde 2018.

    El ministro Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN, afirmó que dejar en vigor el artículo impugnado era traicionar a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas en condiciones de gestar, que fueron garantizados hace dos semanas, con la despenalización del aborto.

    “El Estado tiene deber de proveer las condiciones para que los abortos sean dignos, accesibles y seguros, e igualitarios; el Estado tiene obligaciones positivas que no puede eludir y que se verían totalmente frustradas con un derecho de objeción de conciencia tan genérico como el que prevé el precepto impugnado”, afirmó el ministro Zaldívar.

    Agregó que dejar en vigor este artículo de la LGS es dar una herramienta a los grupos permanentemente se oponen a la libertad de las mujeres para que decidan sobre su cuerpo.

    “De nada sirve que con una mano reconozcamos el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo, si con la otra damos pie a que este derecho se les cercene, se les quite, quede en mera declaración retórica”, expresó el ministro Zaldívar.

    En la sesión de hace una semana, el Pleno de la Corte concluyó que la objeción de conciencia cuenta con fundamentos constitucionales en materia de la libertad religiosa y de conciencia.

    Sin embargo, se consideró que la manera en que esta garantía se consagró en la LGS dejaba muchas puertas abiertas para que se invocara por el personal de salud como argumento para limitar la interrupción legal del embarazo.

    En su resolución, el ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, le planteó al Pleno reconocer la validez de la norma impugnada, y establecer una serie de directrices para definir sus alcances, mediante una “interpretación conforme”, consistente en puntos donde la SCJN aclararía cómo se debe aplicar una norma.

    En la discusión, la ministra Margarita Ríos Farjat advirtió que el artículo 10 Bis de la LGS impugnado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos era deficiente, restrictivo, limitativo y parco, lo que calificó como “peligroso”.

    La ministra Norma Lucía Piña Hernández expresó que no cabe la posibilidad de hacer una “interpretación conforme”, debido a que el artículo en discusión es violatorio del principio de seguridad jurídica y ponía en riesgo el derecho a la salud de las mujeres y la población en general.

  • Avala Suprema Corte derecho de la objeción de conciencia

    Avala Suprema Corte derecho de la objeción de conciencia

    El ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, reprochó que se establezca la libertad religiosa como elemento del derecho a la objeción de conciencia

    Ciudad de México.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron el derecho de la objeción de conciencia y declararon que no es una restricción al derecho a la salud.

    Esta figura establece que el personal de salud puede negarse a practicar procedimientos, entre ellos la interrupción legal del embarazo, excepto cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.

    Durante la sesión del Pleno de la Corte, el ministro Luis María Aguilar Morales afirmó que esta figura es una cuestión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa e ideológica.

    Al respecto, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, reprochó que se establezca la libertad religiosa como elemento del derecho a la objeción de conciencia.

    Sin embargo, la postura del ministro Aguilar Morales por avalar este derecho fue acompañada por siete integrantes más del Pleno, lo que dio un total de ocho votos favorables.

    Asimismo, por unanimidad, el Pleno reconoció que esta figura no restringe el derecho a la salud porque existen limitantes a ejercer este derecho como el del peligro a la vida y la urgencia médica.