En sesión extraordinaria virtual, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó Lineamientos, el Modelo Único de Estatutos, la convocatoria y la tabla de porcentajes de apoyo, para el registro de candidaturas independientes para el Proceso Electoral Local 2026-2027.
La Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, Carmen Julieta Rodríguez Campos, señaló que los Lineamientos tienen por objeto establecer los procedimientos tendientes a la concesión del registro de la ciudadanía que aspire a contender en el proceso electoral, en la modalidad de candidatura independiente, así como las instancias, plazos y forma de recabar el apoyo de la ciudadanía, la presentación del mismo ante la autoridad electoral, el procedimiento que se seguirá para verificar el porcentaje de apoyo presentado, el derecho de audiencia de las y los aspirantes, y criterios para computar dicho apoyo
De igual manera, se incluye el Modelo Único de Estatutos de la Asociación Civil (A.C.) que deberán constituir las personas interesadas en postularse en candidaturas independientes, que en términos generales dispone que debe estar conformada obligatoriamente por lo menos, por la persona aspirante, su representante legal y la persona responsable de la administración de los recursos. Su objeto social único debe ser el apoyo de una sola candidatura independiente durante el proceso electoral local; asimismo, la AC deberá tener el mismo tratamiento que un partido político en el régimen fiscal (artículo 80 LIPEES) debiendo tramitar su RFC ante el SAT y aperturar una cuenta bancaria específica. La persona candidata estará sujeta a los reglamentos de fiscalización de las autoridades electorales.
El Consejo General aprobó también la convocatoria a la ciudadanía interesada en postularse para candidaturas independientes a la Gubernatura del Estado, Diputaciones por el Sistema de Mayoría Relativa, Presidencias Municipales, Sindicaturas de Procuración y Regidurías por el Sistema de Mayoría Relativa y por el Principio de Representación Proporcional, misma que deberá publicarse el día siguiente en que el Congreso del Estado emita la convocatoria a elecciones para el Proceso Electoral Local 2026-2027, y estará vigente hasta el 03 de enero de 2027.
Conforme a lo dispuesto por la LIPEES, la ciudadanía que pretenda postular su candidatura independiente a un cargo de elección popular, deberá hacerlo del conocimiento del órgano correspondiente del Instituto, en el formato aprobado por el Consejo General. Asimismo, establece que, en todo caso, la manifestación de la intención se podrá realizar a partir del día siguiente en que se lleve a cabo la sesión del Consejo General en la que se declare iniciado el proceso electoral.
En cuanto a los porcentajes de apoyo, la persona aspirante deberá reunir la cantidad mínima de firmas aprobadas en la “tabla de porcentajes de apoyo ciudadano” como lo exige el artículo 83 de la LIPEES.
La captación del apoyo de la ciudadanía y la verificación del cumplimiento del Porcentaje de Apoyo de la Ciudadanía inscrita en la Lista Nominal de Electores se realizarán mediante el uso de la Aplicación Móvil “Apoyo Ciudadano-INE”, de conformidad con las disposiciones, acuerdos, protocolos o Lineamiento que emita el INE.
Se establece además, que el período para la obtención del apoyo de la ciudadanía será a partir del 04 de enero y hasta el 12 de febrero de 2027; de igual forma el período para el registro de las candidaturas independientes sería el mismo que corresponde a los registros de las candidaturas de partidos políticos y coaliciones; es decir, del 17 al 26 de marzo de 2027, para las candidaturas independientes a la Gubernatura del Estado y del 12 al 21 de marzo de 2027, para las candidaturas a Diputaciones Locales e integrantes de los Ayuntamientos.




