Se trata de la pérdida de la patria potestad cuando se incumple con la protección de niñas, niños y adolescentes.
Culiacán, Sin.- Diputados de la 65 Legislatura dan primera lectura a iniciativa presentada por el diputado Víctor Antonio Corrales Burgueño y la diputada Angélica Díaz Quiñonez, donde proponen reformar la fracción VII del artículo 380 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, en materia de pérdida de la patria potestad.
Esta iniciativa propone establecer la pérdida de la patria potestad cuando se incumpla con el deber irrenunciable de otorgar alimentos a los hijos por más de tres meses sin causa justificable, siempre que hubiere resolución judicial que fije el monto de la misma, considerando el interés superior del niño para lograr un desarrollo pleno, garantizando con ello certeza jurídica a las partes, el respeto al debido proceso y la protección reforzada del interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Hoy en día, la patria potestad no se configura como un derecho del padre, sino como una función que se les encomienda en beneficio de los hijos y está dirigida a la protección, educación y formación integral de los hijos, cuyo interés es siempre prevalente en la relación paterno-filial.
Esta responsabilidad engloba un conjunto de derechos y deberes cuyo fin es garantizar el bienestar de la niñez, y no puede entenderse como un derecho incondicional o absoluto de los padres. Más bien, constituye una función de interés social, que el Estado reconoce primordialmente en ellos. Es decir, se trata de un privilegio o preferencia que originalmente tienen los padres.
Los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense y las ciudadanas signantes vemos la necesidad de presentar una propuesta que reforme al Código Familiar del Estado de Sinaloa, para que la pérdida de la patria potestad se pierda siempre y cuando haya una sentencia de juez competente que fije el monto de la pensión.
En el Grupo Parlamentario del PAS consideramos que con esta propuesta de iniciativa se contribuirá a la protección de los niños, niñas y adolescentes de Sinaloa, cuyo interés superior debe prevalecer sobre cualquier otro interés involucrado.




