La controversia gira en torno a un Contrato de Cesión de Derechos, mediante el cual el abogado Horacio Israel Bringas Manjarrez se ostenta como cesionario del crédito desde 2018.
Un juicio ejecutivo mercantil iniciado en 1998 contra integrantes de la familia Ortiz Hernández volvió al centro del debate público, luego de que ambas partes ofrecieran versiones encontradas sobre la legalidad de una cesión de derechos de crédito, la ejecución de embargos y el uso de documentos que una de las partes califica como falsos. En el centro de la controversia se encuentra Eduardo Ortiz Hernández, cuyo nombre ha sido colocado nuevamente en la discusión pública a partir de la reactivación del expediente.
El expediente 1223/1998, radicado en el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, tuvo su origen en una demanda promovida por Banca Serfin, hoy Banco Santander, derivada de un crédito otorgado a finales de los años noventa. Si bien el adeudo original fue reconocido judicialmente, el conflicto actual se ha trasladado a la validez de los actos posteriores, particularmente las cesiones de derechos y las medidas de ejecución impulsadas años después.
La controversia gira en torno a un Contrato de Cesión de Derechos, mediante el cual el abogado Horacio Israel Bringas Manjarrez se ostenta como cesionario del crédito desde 2018. Dicho documento habría sido ratificado ante notario el 10 de enero de 2014, acto que la defensa de la familia Ortiz Hernández impugna al considerar que presenta inconsistencias materiales que comprometen su autenticidad.
De acuerdo con los abogados de la parte demandada, la ratificación notarial se realizó utilizando una credencial de elector expedida en 2015, lo que —afirman— genera una contradicción cronológica imposible y anula la validez del acto jurídico que da sustento a los embargos actuales. Por esta razón, sostienen que toda la cadena de actos posteriores carece de base legal.
Ante estos señalamientos, la familia de Eduardo Ortiz Hernández promovió incidentes criminales, denuncias penales y juicios de amparo, tanto en el ámbito local como federal, en los que se acusa la posible comisión de delitos como falsificación de documentos, fraude procesal y uso indebido de la fe pública notarial. Las denuncias también incluyen la actuación del notario Manuel Lazcano Ochoa, a quien se atribuye haber dado fe de un acto sustentado en documentación presuntamente inexistente en la fecha señalada.
Paralelamente, la defensa ha cuestionado diversas actuaciones judiciales relacionadas con la ejecución del fallo, entre ellas el levantamiento y reimposición de embargos sin notificación previa y el aseguramiento de bienes considerados menaje de casa, los cuales se encuentran protegidos por la ley. Estas diligencias, realizadas con apoyo de la fuerza pública, han sido impugnadas mediante recursos legales que aún se encuentran en trámite.
Por su parte, el abogado Horacio Israel Bringas Manjarrez ha rechazado las acusaciones y sostiene que todas sus actuaciones se han realizado conforme a derecho. Asegura que la cesión de derechos se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y que cuenta con documentación suficiente para acreditar su calidad de cesionario.
Asimismo, ha negado haber incurrido en amenazas o actos de extorsión y afirma que el retraso en la ejecución del fallo obedece a los múltiples recursos legales promovidos por la parte demandada.
Bringas Manjarrez también ha señalado que el conflicto se ha visto rodeado de una narrativa política que, a su juicio, no corresponde al fondo jurídico del caso, y ha insistido en que la obligación de pago subsiste mientras no exista una resolución judicial que declare la nulidad de la cesión cuestionada.
Actualmente, el caso continúa abierto tanto en la vía civil como en la penal. Mientras la defensa de Eduardo Ortiz Hernández sostiene que no existe una ejecución firme y que los embargos carecen de sustento legal, el cesionario afirma que las acciones emprendidas se ajustan a la ley. Será la autoridad judicial la que determine la validez de los documentos en disputa y la responsabilidad de las partes involucradas.





