Culiacán, Sinaloa.- La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este martes dictamen que adiciona el artículo 264 Bis al Código Penal para el Estado de Sinaloa, cuyo objeto es penalizar el uso de “ponchallantas”, lo que incluye castigo para quienes la fabriquen y las comercialicen, y aumenta la sanción si se utilizan menores de edad.
El artículo 264 Bis que se propone adicionar establece lo siguiente:
“Se impondrá una pena de tres a 10 años de prisión, y de 100 a 500 días multa, y el decomiso de los objetos utilizados a quien coloque o arroje en vías de comunicación objetos punzocortantes que obstaculicen el tránsito vehicular. Se incluyen, entre otros, estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas o cualquier artefacto similar elaborado con materiales, como acero, comúnmente conocidos como ponchallantas.
“La misma pena se aplicará a quien fabrique, distribuya, comercialice o facilite la obtención de estos objetos con el propósito de ser utilizados para obstaculizar el tránsito vehicular o causar daños a terceros.
“Para efectos de este artículo se entiende por vía de comunicación a las calles, bulevares, caminos, veredas, terracerías, avenidas, carreteras, autopistas o libramientos.
“Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad de la que corresponda por el delito cometido cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad, o cuando el responsable sea un servidor público o haya tenido tal carácter dentro de los cinco años anteriores a la comisión de la conducta delictiva”.
Aprobaron el dictamen las diputadas y diputados Yeraldine Bonilla Valverde, Ambrocio Chávez Chávez y Erika Rubí Martínez Rodríguez, presidenta, secretario y vocal, respectivamente.
El dictamen se elaboró con base en dos iniciativas presentadas, una de las cuales corresponde a un grupo de abogados y la otra al Grupo Parlamentario de Morena.