El fallo de un panel de tres jueces del Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos fue unánime y representa un duro golpe a la política arancelaria del presidente Trump, quien poco después presentó una notificación de apelación.
Un tribunal federal anuló los “aranceles recíprocos” y los aranceles ligados al fentanilo establecidos por el presidente Donald Trump, argumentando que el mandatario se extralimitó en su autoridad legal.
El fallo de un panel de tres jueces del Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos fue unánime y representa un duro golpe a la política arancelaria de Trump, quien poco después presentó una notificación de apelación.
Trump impuso aranceles recíprocos a 185 países o territorios del mundo en un rango de 10 a 50% y autorizó un arancel de 25% a México y Canadá y de 20% a China por no cooperar suficientemente en el tráfico de drogas (en particular, el fentanilo). En todos estos casos, las tarifas se establecieron a todos los productos importados, con ciertas excepciones.
“Las Órdenes Arancelarias Mundiales y de Represalia exceden cualquier autoridad otorgada al Presidente por IEEPA para regular la importación mediante aranceles”, dijo el tribunal, con sede en Nueva York, refiriéndose a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977.
El tribunal también ordenó que los aranceles que la administración Trump ha cobrado hasta ahora sean “anulados”.
También aseguró que los aranceles contra México, Canadá y China invocados bajo la IEPPA no lidian con la emergencia por fentanilo. “Por muy acertada que pueda ser esta estrategia diplomática, esta no se ajusta a la definición legal de ‘lidiar’ con la emergencia (por fentanilo) mencionada”, rechazó.
De acuerdo con la agencia Reuters, el tribunal declaró que la Constitución de Estados Unidos otorga al Congreso la autoridad exclusiva para regular el comercio con otros países, la cual no queda anulada por los poderes de emergencia del presidente para salvaguardar la economía estadounidense.
“El tribunal no se pronuncia sobre la prudencia ni la probable eficacia del uso de los aranceles por parte del presidente como herramienta de presión. Ese uso es inadmisible no porque sea imprudente o ineficaz, sino porque (la ley federal) no lo permite”, argumentó.
Reuters informó que el fallo se produjo en dos demandas: una presentada por el Liberty Justice Center, una organización no partidista, en nombre de cinco pequeñas empresas estadounidenses que importan productos de los países afectados por los aranceles, y la otra por 13 estados de Estados Unidos.
Las empresas, que abarcan desde un importador de vinos y licores de Nueva York hasta un fabricante de kits educativos e instrumentos musicales con sede en Virginia, han afirmado que los aranceles perjudicarán su capacidad para operar.
Stephen Miller, subjefe de gabinete de la Casa Blanca y uno de los principales asesores políticos de Trump, reprendió al tribunal en una breve publicación en redes sociales: “El golpe judicial está fuera de control”.
Al menos otras cinco impugnaciones legales contra los aranceles están pendientes.
El fiscal general de Oregón, Dan Rayfield, demócrata cuya oficina lidera la demanda estatal, calificó los aranceles de Trump de ilegales, imprudentes y económicamente devastadores.
“Este fallo reafirma que nuestras leyes importan y que las decisiones comerciales no pueden tomarse a capricho del presidente”, declaró Rayfield en un comunicado.
Trump recurrió a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 como sustento legal para imponer aranceles a México, Canadá y China.
Aunque ningún Presidente había utilizado la IEEPA para imponer aranceles, el Presidente Nixon autorizó un arancel de 10% sobre todas las importaciones a los Estados Unidos en respuesta a una crisis monetaria utilizando el estatuto precursor de la IEEPA, la Ley de Comercio con el Enemigo de 1917 (TWEA).
Esta sigue siendo la única vez que un Presidente ha utilizado la autoridad de emergencia, como la que proporciona la IEEPA, para imponer un arancel.
Si el Congreso aprueba esos aranceles, no será necesario que adopte ninguna otra medida para mantenerlos en vigor. Pero si el Congreso desaprueba el arancel, tiene varias opciones para expresar su desaprobación.
El Congreso podría poner fin a la emergencia nacional subyacente mediante la promulgación de una resolución conjunta de desaprobación utilizando los procedimientos acelerados previstos en la Ley de Emergencias Nacionales. El Congreso también podría modificar la IEEPA para restringir su uso en la imposición de aranceles.
El Departamento de Justicia ha declarado que las demandas deben desestimarse porque los demandantes no se han visto perjudicados por aranceles que aún no han pagado, y porque solo el Congreso, no las empresas privadas, puede impugnar una emergencia nacional declarada por el presidente en virtud de la IEEPA.
Al imponer los aranceles a principios de abril, Trump calificó el déficit comercial como una emergencia nacional, lo que justificó su arancel general del 10% sobre todas las importaciones, con tasas más altas para los países con los que Estados Unidos tiene los mayores déficits comerciales, en particular China.
Muchos de esos aranceles específicos para cada país se suspendieron una semana después. El 12 de mayo, la administración Trump anunció que también reduciría temporalmente los aranceles más elevados sobre China mientras trabajaba en un acuerdo comercial a largo plazo. Ambos países acordaron reducir los aranceles mutuos durante al menos 90 días.
El ABC del bloqueo a los aranceles recíprocos:
- Tras la imposición de las tarifas por fentanilo en marzo y abril pasado, empresas afectadas y gobiernos estatales presentaron recursos legales contra la medida.
- Este miércoles el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos, con sede en Nueva York, resolvió dos de esos recursos.
- El primero, fue promovido por el Liberty Justice Center, una organización no partidista en nombre de cinco pequeñas empresas estadounidenses que importan productos de los países afectados por los aranceles, el segundo, por 13 estados de EU.
- En su resolución, un panel de tres jueces del Tribunal de Comercio, afirmó que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 no confiere autoridad al presidente de los EU para imponer aranceles en atención al déficit comercial ni para detener el tráfico de fentanilo.
- Los aranceles al acero y al aluminio y los automotrices, que fueron impuestos bajo otra ley, la sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1963, continuarán vigentes.