Senado aprueba prisión preventiva oficiosa para delitos de extorsión, producción de fentanilo y otros

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Por tratarse de una reforma constitucional, el decreto fue remitido a las Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para su aprobación; se requiere del aval de al menos 17 de un total de 32 para entrar en vigor.

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó anoche, en lo general y particular, por 94 votos de Morena, PAN, PVEM y PT, contra 34 del PRI, PAN y MC, el decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución, en materia de prisión preventiva oficiosa.

Por tratarse de una reforma constitucional, el decreto fue remitido a las Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para su aprobación; se requiere del aval de al menos 17 de un total de 32 para entrar en vigor.

De los 21 senadores del PAN, siete aprobaron la enmienda constitucional cuya iniciativa fue presentada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador: Guadalupe Murguía, coordinadora del grupo parlamentario panista, Miguel Márquez, Mauricio Vila, Juan Antonio Martín del Campo, Mario Vázquez, Agustín Dorantes y María de Jesús Díaz Marmolejo, la Chuya como se hace llamar, quien al inicio de la Legislatura llamó a linchar a los legisladores que votaran a favor de reformas promovidas por Morena.

La reforma, que amplía el catálogo de casos en los que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosa, incluye la “extorsión, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados’’.

La medida cautelar aplicará también en delitos graves “de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley’’.

“Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial’’, cita el decreto.

El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días, contado a partir de la vigencia de la enmienda constitucional, para armonizar el marco jurídico de las leyes secundarias en las materias correspondientes, y las legislaturas de las entidades federativas dispondrán de un año para realizar las adecuaciones normativas necesarias.

La enmienda precisa que, al entrar en vigor, se derogarán todas las disposiciones que se opongan al contenido del decreto, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo.

Desde la tribuna, al fundamentar el decreto, Óscar Cantón Zetina, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que al catálogo ya existente “se añade la extorsión, una práctica que asfixia a todo mundo, a comerciantes, agricultores, empresarios, comerciantes de muy, muy bajo monto, destruye economías locales y familiares y alimenta el crimen organizado’’.

“Su impacto va más allá de lo económico, genera terror, paraliza comunidades enteras y perpetúa la pobreza; incluirla en este catálogo es un acto de justicia para quienes sufren diariamente el peso de esas amenazas”.

Claudia Anaya anunció el voto del PRI en contra porque la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sentenció a México a eliminar el arraigo y a modificar la prisión preventiva oficiosa.

“¿Por qué? Porque violenta la presunción de inocencia, porque se debe de utilizar de manera excepcional y porque debe de ser la última opción de las medidas cautelares a usar” , afirmó.

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