El PRD entra en fase de “prevención”, previo a la etapa de liquidación

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Las cuentas del PRD serán congeladas y el partido sólo podrá pagar salarios; está impedido para realizar pagos a sus proveedores y formalizar nuevos contratos.

La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) se prepara para designar “de inmediato” al interventor que se hará cargo del controlar y vigilar el uso y destino de los recursos y bienes del Partido de la Revolución Democrática (PRD), ante el inminente proceso de pérdida de registro como partido nacional.

La fase de “prevención” iniciará con rapidez, una vez que este fin de semana el INE dio cuenta de los resultados de los cómputos distritales, según los cuales ese partido no obtuvo el 3% de la votación. A partir de ese momento inició también el periodo en el que el PRD podrá interponer los recursos de defensa ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El PRD no alcanzó el 3% de los votos en ninguna de las elecciones federales: presidencia, Cámara de Diputados, Cámara de Senadores.

En la elección presidencial, en donde integró la Coalición Fuerza y Corazón por México y postuló a la candidata presidencial Xóchitl Gálvez, el perredismo alcanzó 1.86% de la votación nacional, para el Senado 2.27% y para la Cámara de Diputados 2.43%.

Además en 18 entidades del país perderá el registro también como partido local, al obtener más de 3% de los votos estatales solamente en 13 estados, en donde sí podrá permanecer como partido político local.

¿Cómo será proceso de extinción del PRD?
El proceso de pérdida de registro de un partido político –tanto a nivel nacional como local– comprende dos fases, la fase de prevención y la de liquidación.

El articulo 97 de la Ley de Partidos indica que, si de los cómputos distritales se desprende que un partido no alcanzó el porcentaje de ley, inicia la etapa preventiva y “la Comisión de Fiscalización designará de inmediato a un interventor responsable del control y vigilancia directos del uso y destino de los recursos y bienes del partido de que se trate”.

Esa fase fue establecida en la ley a partir de experiencias pasadas, como la del Partido de la Sociedad Nacionalista (PSN) en que tras las elecciones en las que no alcanzó los votos requeridos, integrantes de su dirigencia se apropiaron de las cuentas y bienes inmuebles.

Por eso ahora la Ley de Partidos y el Reglamento de Fiscalización del INE establecen paso a paso todo el procedimiento de eventual cancelación de un registro de partido político. Primero debe entrar a un proceso de prevención, en cuanto se conoce el porcentaje obtenido por cada partido, para dejar a salvo el patrimonio de los que no alcancen el 3% de votos, y en lo que se resuelven las impugnaciones en el TEPJF.

En esa fase preventiva, el INE debe designar un interventor, y para ello realizará “de inmediato”, se espera que en este mismo mes, una insaculación entre los 67 especialistas en concursos mercantiles que desempeñan funciones de conciliadores y síndicos que fueron aprobados por el mismo Instituto el 27 de febrero pasado.

En la fase preventiva el partido en cuestión únicamente podrá pagar gastos relacionados con nóminas e impuestos, “por lo que deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios, de igual forma serán nulos los contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones celebradas, adquiridas” en esta fase.

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En tanto, a partir de su designación el interventor “tendrá las más amplias facultades para actos de administración y dominio sobre los bienes y recursos del partido”, por lo que todos sus gastos deberán ser autorizados expresamente. No podrán enajenarse, gravarse o donarse los bienes muebles e inmuebles que integren el patrimonio partidista.

La dirigencia del partido, por tanto, deberá entregar de manera formal al interventor, a través de Acta entrega-recepción, el patrimonio del partido para fines de la liquidación, y describir a detalle los activos y pasivos existentes, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento.

De manera paralela el TEPJF deberá resolver los recursos jurídicos que el partido interponga, para, a mediados de agosto, resolver sobre su procedencia o no.

Si como resultado de la resolución de los juicios de inconformidad, el partido político en estado de intervención sí alcanza la votación mínima requerida, podrá reanudar en forma habitual sus operaciones, de lo contrario pasa de la prevención a la intervención.

En ese caso, la Junta General Ejecutiva del INE emitirá la declaratoria de pérdida de registro legal, que deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Una vez publicada esta resolución el partido entra a la fase de liquidación. En esta se sigue todo un proceso para liquidar las cuentas del partido, dejar a salvo los derechos laborales de sus trabajadores, pagar a proveedores, y para ello vender incluso sus bienes inmuebles.

Las reglas de Fiscalización establecen que la prioridad durante la liquidación de los partidos será proteger a los trabajadores del partido en liquidación –mismos que podrán emprender juicios laborales en caso de que el PRD desconozca la relación laboral- y una vez que éstos queden a salvo, se cubrirán obligaciones fiscales, le seguirán las multas que haya impuesto el INE y si quedaran recursos se atenderán otros compromisos con proveedores y acreedores.

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