Despenalizan por vía judicial aborto en Jalisco; ya suman 13 estados en el país

spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Gire y otras organizaciones locales lograron el recurso para que no se criminalice a quien aborte de forma involuntaria

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito de Jalisco declaró, por unanimidad, inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal de Jalisco; además de derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido.

Con esto Jalisco se convierte en la décimo tercera entidad en despenalizar el aborto, esto tras un amparo interpuesto por Gire, una organización que desde 2022 ha impulsado una estrategia jurídica nacional con el objetivo de que a ninguna mujer, hombre trans o persona no binarie gestantes, ni al personal de salud o a las personas que acompañan, se les criminalice por aborto.

Dicha estrategia tiene como base la sentencia de Suprema Corte de Justicia de la Nación que en 2021 determinó la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del aborto consentido.

La resolución de este amparo fue presentada por las organizaciones locales Centro de Acompañamiento, Desarrollo e Investigación Feminista A.C., Centro de la Diversidad y los Derechos Sexuales A.C., Omeyocan, Psicoterapia, Sexología y Desarrollo, S.C., Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C., y Colectivo Latinoamericano Emma Goldman A.C.

Cabe mencionar que apenas el 6 de septiembre de 2023 en el Código Penal Federal se reiteró la inconstitucionalidad de la penalización absoluta del aborto y ordenó al Congreso de la Unión derogar el delito de aborto en dicho Código.

Con esta reforma se garantizará que no se podrá criminalizar a ninguna mujer por interrumpir su embarazo hasta la semana 12 de gestación por cualquier causal y además el personal médico o personas que las apoyen también podrán ser juzgadas por este hecho.

¿Qué establece el Código Penal de Jalisco sobre el aborto?
En su artículo 228, se establecían el castigo para el aborto voluntario tanto para la mujer que lo practique como quien lo haga por solicitud.

Las penas iban desde cuatro meses hasta dos años de prisión para las mujeres que lo hagan, pero también daba opción a “sustituirlas por un tratamiento médico integral; bastará que lo solicite y ratifique la responsable; lo anterior, siempre y cuando no se presente reincidencia de su parte”.

Mientras que en el artículo 229 las razones por las que el aborto no se castiga, las cuales son riesgo de muerte, daños grave a la salud de la madre o sea producto de una violación.

spot_imgspot_imgspot_imgspot_img
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Roxana Rubio encabeza preferencias internas del PAN rumbo a 2027 en Sinaloa

Culiacán, Sinaloa.- La diputada Roxana Rubio Valdez se posiciona como la principal figura del...

Fortalecen trabajos de limpieza y desazolve de arroyos y pluviales en la ciudad

Las acciones se enfocaron en los sectores Pemex, El Ranchito y Melchor Ocampo Culiacán, Sinalo.-...

Pide licencia Bernardino Antelo; rinde protesta su suplente Lauro Gallardo

Aprueba Congreso de Sinaloa licencia del diputado Bernardino Antelo y toma protesta a su...

COBAES fortalece vínculo con familias en Foro Estatal de Expresión 2026

• Con la participación de 380 madres y padres de familia de todo el...

Paloma Sánchez solicita licencia al Senado; entra María del Refugio Higuera como su suplente

Entra como suplente de la senadora Paloma Sánchez, quien solicitó licencia temporal por maternidad. Ciudad...

Javier Aguirre revela la primera convocatoria para el Mundial

El director técnico de la Selección Mexicana dio a conocer la lista de jugadores...

Narcobloqueos y quemas se desatan en Nayarit tras captura de ‘El Jardinero’ | VIDEO

Balaceras, incendios de comercios y bloqueos de carreteras se desataron el 27 de abril...