FGR determina que Mario Aburto no fue víctima de tortura; asesino confeso de Colosio impugna

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Mario Aburto actualmente está interno en el Centro Federal de Readaptación Social 12, en Guanajuato.

La Fiscalía General de la República (FGR) determinó no proceder penalmente contra ni una persona en la investigación que inició por el delito de tortura contra Mario Aburto Martínez, pero la indagatoria no puede ser cerrada porque el asesino confeso del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio, impugnó la determinación del Ministerio Público.

Funcionarios de la FGR dijeron a MILENIO que Mario Aburto aún tiene la posibilidad de promover un nuevo amparo, si la institución emite un nuevo acuerdo similar al que notificó en noviembre pasado.

Recordaron que Antonio González García, juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, dio un plazo de seis meses a la Representación Social de la Federación para emitir un pronunciamiento, el cual venció el 30 de septiembre de 2023.

El juzgador, abundaron, después aceptó dar una prórroga de dos meses al Ministerio Público ante la petición para realizar algunas diligencias, plazo que concluyó el 1 de diciembre.

Mencionaron que, como resultado de las diligencias realizadas, la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura determinó, en la averiguación previa 2080/94, decretar el no ejercicio de la acción penal porque no se acreditó el delito de tortura contra Mario Aburto.

Lo anterior fue informado al magnicida el 28 de noviembre pasado, quien inconforme con la decisión impugnó la resolución ministerial.

Asimismo, en el juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal fue recibido el escrito firmado por la autorizada del quejoso, donde manifestó sus alegatos sobre el cumplimiento dado por la autoridad responsable a la ejecutoria de amparo.

El juez de amparo indicó que los argumentos, “serán tomados en consideración” al momento en que este se pronuncie si la FGR acató en todos sus términos la sentencia.
Es de mencionar que, el amparo otorgado el año pasado a Mario Aburto ordenaba al titular de la FGR, Alejandro Gertz Manero, coordinar y supervisar la actuación de las Fiscalías Especializada en Materia de Derechos Humanos y Especial en Investigación del Delito de Tortura, que se encuentran a su cargo, “para que con la debida diligencia, profesionalismo, eficacia y eficiencia”, se integrara y se determinara la carpeta de investigación.

El juzgador amparó a Mario Aburto porque la autoridad “no cumplió a cabalidad con su deber constitucional de investigar” su caso.

González García señaló que desde que inició la averiguación previa, en agosto de 1994, se advierte que la entonces Procuraduría General de la República (PGR), hoy FGR, no ha cumplido con dichos postulados incurriendo en dilación para la debida integración de esa indagatoria.

Puntualizó que fue hasta el 2022, cuando el agente del Ministerio Publico de la Federación, adscrito a la Coordinación General de Investigación de la Fiscalía Especializada de Control Competencial de la FGR, informó que el titular de la institución, Alejandro Gertz Manero, instruyó la integración de un equipo especial de investigación y litigación responsable de investigar, perseguir los delitos y, en su caso, retomar y concluir los procesos penales vinculados con los hechos que dieron como resultado el homicidio de Colosio Murrieta, así como cualquier otra investigación relacionada con el caso o con las personas implicadas en el mismo.

El juzgador subrayó que la autoridad solo se limitó a realizar algunas diligencias, ajenas al esclarecimiento de los hechos denunciados, ya que en su mayoría se trata de actos aparentemente administrativos e intermitentes, realizados con intervalos amplios e injustificados.

Además, se ordenó a la FGR inscribir a Mario Aburto en el Registro Nacional del Delito de Tortura (RENADET).

Mario Aburto está interno en el Centro Federal de Readaptación Social 12 de Guanajuato, por ser penalmente responsable del delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía, y por portación de arma de fuego sin licencia.

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