Se acerca la fecha límite para el reparto de utilidades ¿Qué hacer si no te las dan?

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El 31 de mayo es la fecha límite para recibir tus utilidades, por lo que aquí te decimos qué puedes hacer en caso de que no te las depositen

Ciudad de México.- El 31 de mayo es la fecha límite para recibir tus utilidades, por lo que aquí te decimos qué puedes hacer en caso de que no te las depositen.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el reparto de utilidades es un derecho de los empleados para recibir parte de las ganancias de una compañía o patrón por los servicios que ofrece.

Es un incentivo que las empresas deben proporcionar a sus empleados por obligación en caso de haber obtenido ganancias netas mayores a los 300 mil pesos durante 2021. 
 

¿Qué hacer si no me depositan mis utilidades?

El abogado Héctor de la Cruz, socio de De la Vega & Martínez Rojas, nos comparte que en caso de no recibas tus utilidades, tienes dos opciones: 

1. Acudir ante la Profedet para levantar una queja. Dicha instancia tiene la obligación de atender esas quejas y resolverlas en un plazo relativamente corto. 

La Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador. 

La procuraduría pone a disposición de los trabajadores los servicios de orientación gratuita para el reparto de utilidades en los teléfonos 018007172942 y 018009117877, a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx

También puedes acudir de manera presencial a sus 48 oficinas en todo el país, además de contar con redes sociales en Twitter y Facebook.

2. La segunda opción es que demandes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para efecto de hacer ese reclamo y que se resuelva el caso para que le puedan hacer el pago correspondiente, ya que es una obligación de todos los patrones que hayan generado utilidad hacer ese reparto. Lo que debes saber sobre el reparto de utilidades.

¿Qué conviene más?
En opinión de Héctor de la Cruz lo más recomendable es acudir a la Procuraduría porque es una instancia conciliatoria y gratuita.

Es la mejor opción en una primera instancia para poder resolver el tema porque el plazo de la resolución es relativamente corto, ya que no debería ser mayor a un mes y medio.

Pero si esa no funciona, si el patrón se negara a hacer el pago, el trabajador tendría necesariamente que acudir a un juicio para poder obtener una resolución que le autorizara para que le paguen la cantidad que corresponde.

“El problema es que el juicio laboral es un proceso más largo, en promedio tarda entre dos y tres años el trámite, lo que es más desgastante para el trabajador, por eso es que, en mi opinión, la primera instancia a la que deben de acudir es la procuraduría para tratar de resolverlo lo más rápido posible”, comentó el abogado.

La obligación en términos de Ley es que la empresa pague completo en una sola exhibición el reparto de utilidades, sin embargo, si existe manera de que el patrón y el trabajador se pudieran poner de acuerdo para establecer algunas modalidades, por ejemplo, acordar que se aplace el pago en un par de meses o se vaya realizando parcialmente.

Pero forzosamente en este caso el trabajador tiene que estar de acuerdo, tiene que haber un consentimiento del trabajador en ese tipo de situaciones.

El 31 de mayo es la fecha límite para recibir tus utilidades, por lo que aquí te decimos qué puedes hacer en caso de que no te las depositen.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el reparto de utilidades es un derecho de los empleados para recibir parte de las ganancias de una compañía o patrón por los servicios que ofrece.

Es un incentivo que las empresas deben proporcionar a sus empleados por obligación en caso de haber obtenido ganancias netas mayores a los 300 mil pesos durante 2021.

¿Qué hacer si no me depositan mis utilidades?
El abogado Héctor de la Cruz, socio de De la Vega & Martínez Rojas, nos comparte que en caso de no recibas tus utilidades, tienes dos opciones:

  1. Acudir ante la Profedet para levantar una queja. Dicha instancia tiene la obligación de atender esas quejas y resolverlas en un plazo relativamente corto.

La Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador.

La procuraduría pone a disposición de los trabajadores los servicios de orientación gratuita para el reparto de utilidades en los teléfonos 018007172942 y 018009117877, a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.

También puedes acudir de manera presencial a sus 48 oficinas en todo el país, además de contar con redes sociales en Twitter y Facebook.

  1. La segunda opción es que demandes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para efecto de hacer ese reclamo y que se resuelva el caso para que le puedan hacer el pago correspondiente, ya que es una obligación de todos los patrones que hayan generado utilidad hacer ese reparto.

¿Qué conviene más?
En opinión de Héctor de la Cruz lo más recomendable es acudir a la Procuraduría porque es una instancia conciliatoria y gratuita.

Es la mejor opción en una primera instancia para poder resolver el tema porque el plazo de la resolución es relativamente corto, ya que no debería ser mayor a un mes y medio.

Pero si esa no funciona, si el patrón se negara a hacer el pago, el trabajador tendría necesariamente que acudir a un juicio para poder obtener una resolución que le autorizara para que le paguen la cantidad que corresponde.

“El problema es que el juicio laboral es un proceso más largo, en promedio tarda entre dos y tres años el trámite, lo que es más desgastante para el trabajador, por eso es que, en mi opinión, la primera instancia a la que deben de acudir es la procuraduría para tratar de resolverlo lo más rápido posible”, comentó el abogado.

La obligación en términos de Ley es que la empresa pague completo en una sola exhibición el reparto de utilidades, sin embargo, si existe manera de que el patrón y el trabajador se pudieran poner de acuerdo para establecer algunas modalidades, por ejemplo, acordar que se aplace el pago en un par de meses o se vaya realizando parcialmente.

Pero forzosamente en este caso el trabajador tiene que estar de acuerdo, tiene que haber un consentimiento del trabajador en ese tipo de situaciones.

¿Hasta cuándo tengo para reclamar mis utilidades?
La Ley Federal del Trabajo indica que si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene hasta un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago.

48% de trabajadores esperan recibir reparto de utilidades: OCC Mundial
De acuerdo con la encuesta semanal del “Termómetro Laboral”, de OCCMundial, 48% de los sondeados afirma que sí recibirán utilidades, mientras que 25% desconoce si en su empresa hubo ganancias o pérdidas, por lo que no están seguros de sí recibirán este ingreso.

En tanto, el 24% de los encuestados dice que este año no habrá reparto y el 3% restante puede estar inconforme por la forma en la cual su empresa maneja esta información para no otorgarles este incentivo.

Sobre los planes que tienen los trabajadores para darle uso al pago de utilidades, un 43% menciona que al recibir sus utilidades adelantarán diversos pagos, otro 43% dice que ahorrará una parte de ese dinero, un 8% asegura que invertirá en sus hogares adquiriendo nuevos productos o realizando reparaciones y, por último, el 6% comenta que planeará un viaje pequeño.

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