Diputados aprueban en comisiones Reforma Eléctrica en lo general

Pasará al Pleno, donde se necesitan las dos terceras partes para su aval

Ciudad de México. Con 47 votos a favor de Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde y 37 votos en contra del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Energía aprobaron la Reforma presidencial en materia Eléctrica, con modificaciones.

Ahora pasará al Pleno, donde se necesitan las dos terceras partes para su aval.

Sobre el sector eléctrico, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, remarcó que la decisión de la Suprema Corte de la semana pasada, en la que no declaró inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, va a “ayudar” a implementar su modelo energético.

La reforma constitucional debe ser aprobada por dos tercios de los legisladores y, para ello, Morena y sus aliados deberían lograr votos por parte de la oposición, que ya ha anunciado que no votará a favor de la reforma si no hay cambios. 

SCJN respalda Reforma Eléctrica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio este jueves su respaldo al nuevo modelo energético que propone López Obrador al declarar constitucional la Ley de la Industria Eléctrica, previo al debate en el Legislativo de una reforma constitucional sobre el sector energético.

Aunque hubo muchas objeciones a la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, no se alcanzaron los ocho votos necesarios para ser considerada inconstitucional.

En la nota informativa, la Presidencia remarcó que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró “totalmente improcedente la pretensión de inconstitucionalidad” de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica planteada por un grupo de senadores.

“Los ministros también rechazaron el argumento de los senadores en el sentido de que la reforma es violatoria del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y otros tratados de libre comercio”.

Por ello, instó a que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que entró en vigor el 9 de marzo de 2021, sea aplicada por las “autoridades competentes”.

“Los pronunciamientos establecidos por la Corte en favor de la constitucionalidad de la reforma deben ser tomados en consideración por los jueces de distrito y los tribunales colegiados que tiene a su cargo los amparos promovidos por las empresas privadas. El presidente de la Corte dictará un acuerdo en ese sentido”, agregó.

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