Cabe destacar que el 30 de septiembre de 2021 el Consejo General del INE, declaró la pérdida de registro de Fuerza por México a nivel nacional
Culiacán, Sin. El Consejo General del IEES votó como improcedente otorgar el registro como partido político local al otrora partido político nacional Fuerza por México, por no haber cumplido con todos los lineamientos de registro señalados en la Ley General de Partidos Políticos (LGPP).
Al presentar el proyecto, la Consejera Electoral, Gloria Icela García Cuadras, argumentó que de acuerdo a la LGPP, si un partido político nacional pierde su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último Proceso Electoral ordinario federal, podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación valida emitida y hubiere postulado candidaturas propias en al menos la mitad de los municipios y distritos.
Cabe destacar que el 30 de septiembre de 2021 el Consejo General del INE, declaró la pérdida de registro de Fuerza por México, dejando a salvo su derecho para solicitar su registro como partido local, pudiendo presentar dicha solicitud ante el OPLE; ante lo cual, dicho partido promovió un recurso de apelación ante Sala Superior del TEPJF, dándose la resolución de esa instancia jurisdiccional el 08 de diciembre de 2021, confirmando el acuerdo del INE.
El 14 de octubre de 2021 el C. Juan Ernesto Millán Pietsch, en carácter de presidente del Comité Directivo Estatal de Fuerza por México, presentó ante el IEES solicitud de registro como partido político local, al que este órgano electoral indicó que no era viable dicha petición, ya que aún estaba en Sala Superior del TEPJF el resolutivo de ratificación o no del acuerdo por el que se declara la pérdida de su registro, por lo tanto, todavía no corría el plazo para presentar dicha solicitud.
En ese contexto, finalmente el 04 de enero de 2022, se recibieron ante el IEES escritos signados por el presidente del Comité Directivo Estatal de Fuerza por México, solicitando se les otorgara el registro como partido político en el estado de Sinaloa y también se les recibió oficio en donde se exhibía información documentación conforme a la ley para la solicitud de registro.
Con base en los resultados del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, se desprende que Fuerza por México no obtuvo el 3% de la votación válida emitida en la elección de la Gubernatura, de Diputaciones Locales, ni en los municipios del Estado de Sinaloa; sin embargo, sí cumplió el requisito de postulación de propias candidaturas en al menos la mitad de los municipios y Distritos, al haber establecido candidaturas propias en 23 distritos y en los 18 municipios.
Sin embargo, al no alcanzar el 3% de la votación válida emitida, se considera que Fuerza por México no cumplió satisfactoriamente con los requisitos del número mínimo de militantes con que debería contar, contenidos en los numerales, 5 y 8 inciso e) de los Lineamientos de Registro y en el artículo 95, párrafo 5 de la LGPP, toda vez que obtuvo únicamente el 1.15% en la elección inmediata anterior de la Gubernatura del Estado, el 1.57% en la de Diputaciones Locales y el 1.93%, en la elección de Ayuntamientos.