Corte no deja que ‘fifís vayan a la cárcel’: AMLO critica decisión sobre prisión preventiva


El mandatario dijo que el Poder Judicial está tiempo para reformarse desde adentro

Ciudad de México. El presidente Andrés Manuel López Obrador criticó este martes la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa a presuntos responsables de cometer defraudación fiscal, usar facturas falsas y el contrabando.

“Hace falta todavía el lograr en otros poderes, como en este caso el Poder Judicial y en la Corte, que se castigue por igual a todos los que cometen un ilícito, y que no esté la justicia al servicio del dinero, de los poderosos”, dijo en su conferencia ‘mañanera’.

El mandatario opinó que el voto de ocho ministros a favor de declarar inconstitucional la medida va en la línea de proteger a minorías y a quienes comenten actos de corrupción en el país.

“Se trata de (proteger) a delincuentes de cuello blanco. Entonces no pueden ir a la cárcel los fifís. Son criterios, tenemos puntos de vista distintos y eso también es bueno”, agregó.

Prisión preventiva por defraudación fiscal y facturación falsa es inconstitucional: SCJN
Suprema Corte de Justicia de la Nación (Cuartoscuro)
López Obrador apuntó que el Poder Judicial está a tiempo de reformarse y aseguró que su actuar no es el mismo cuando se trata de hacer justicia a la sociedad en general.

Con ocho votos a favor y dos en contra (mayoría calificada), la Corte consideró inválidas las modificaciones a las leyes para castigar los delitos fiscales, así como considerar delitos contra la seguridad nacional el contrabando, la defraudación fiscal y el uso de facturas falsas.

Las quejas fueron promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y senadores de oposición, en contra de diversas disposiciones de la de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales y Fiscal de la Federación.

La propuesta fue realizada el pasado 8 de noviembre de 2019 en contra del artículo 5, fracción XIII de la Ley de Seguridad Nacional así como el artículo 167 párrafo séptimo, fracciones I, II y III del Código Nacional de Procedimientos Penales, además del Artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación.

“La prisión preventiva oficiosa es inconvencional por ser contraria al principio de presunción de inocencia. Al interpretar la Constitución estamos obligados a hacerlo a la luz del artículo primero constitucional y privilegiar el principio pro personae”, escribió en su cuenta de Twitter Arturo Zaldívar, ministro presidente.

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