Corte se perfila a despenalizar el aborto en Coahuila; ocho ministros, a favor

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El ministro presidente, Arturo Zaldívar, se pronunció por declarar inconstitucional la criminalización y otros siete ministros lo respaldaron; la sesión continuará mañana

Ciudad de México.- Ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) se pronunciaron por declarar inconstitucional la criminalización del aborto al analizar el recurso interpuesto por la entonces Procuraduría General de la República, la cual impugnó diversos artículos de la legislación penal de Coahuila en los que se criminaliza a las mujeres que interrumpan el embarazo.

En esta ronda, en la que se fijaron posturas y no votos, los ministros que se pronunciaron por la inconstitucionalidad de los artículos en el Código Penal de Coahuila fueron: Luis María Aguilar Morales, Yasmín Esquivel Mossa, Arturo Zaldívar, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar, llamó “a reconocer de una vez por todas el derecho fundamental de la interrupción del embarazo”.

Por su parte, Zaldívar Lelo de Larrea recordó y aclaró que ni en la Constitución ni en los tratados internacionales se ha considerado al producto de la gestación como una persona en sentido jurídico susceptible de ser titular de derechos humanos, por lo que, no se está frente a derechos humanos de dos personas.

Explicó que las normas que impiden el aborto en Coahuila atentan contra los derechos de las mujeres al:

Libre desarrollo de personalidad
Salud
Derechos reproductivos y sexuales
Igualdad
No discriminación

El artículo 195 de Código Penal de Coahuila establece, sin distinguir los supuestos en los que es lícito, que comete aborto quien causa muerte al producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.

Además el artículo 196 establece penas de prisión de entre 1 y 3 años de prisión para el aborto consentido, “sin excluir los supuestos en los que la mujer tiene el derecho a decidir”. El artículo 198 establece sanciones a personas que practiquen el aborto aun cuando sean consentidos por la mujer; en tanto, el 199 precisa supuestos en que el aborto no será punible, pero partiendo de que se ha cometido un delito, pero que no será perseguido.

“Ante esta situación, Zaldívar Lelo de Larrea se pronunció por invalidar en su totalidad el capítulo que regule el aborto en Coahuila, “pues configura un sistema normativo que parte de la base de que toda interrupción del embarazo es un delito y sólo establece supuestos en los que no se pondrá sanción, lo que criminaliza la interrupción del embarazo incluyendo los casos en que ésta está protegida constitucional”.

Aseguró además que este tipo de criminalización afecta a las mujeres, en especial, a quienes están en mayor situación de vulnerabilidad.

“La criminalización de que son objeto o la obligación de llevar un embarazo no deseado producen un dolor humano inimaginable, sobre todo en las mujeres que viven en condiciones de marginación económica y social. El tipo de aborto castiga, sobre todo, a niñas y mujeres más pobres, más marginadas, olvidadas y discriminadas en este país; es un delito que en los hechos castiga la pobreza”, sostuvo.

Por lo anterior llamó al pleno de la SCJN a “reconocer de una vez por todas, el derecho fundamental de la interrupción del embarazo y darle plena efectividad” con el objetivo de salvaguardar las libertades y derechos de las mujeres.

Aunque la sesión fue levantada, este martes se continuará con el análisis del proyecto a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales; se espera que Margarita Ríos-Farjat, José Fernando Franco González Salas y Jorge Mario Pardo Rebolledo expresen su postura al respecto.

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