Juez concede amparo a Rosario Robles; ordena revisar argumentos para negarle la prisión domiciliaria

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El amparo señala que el juez Villar Ceballos deberá volver a motivar y fundar su determinación, puesto que no analizó de manera adecuada como es que la existencia de varios domicilios de la imputada representan un riesgo de fuga.

Ciudad de México.- Un juez federal otorgó un amparo a la extitular de las Secretarías de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Rosario Robles, para que un juez del sistema penal acusatorio vuelva a resolver si le ratifica la prisión preventiva justificada que le impuso en audiencia el pasado 30 de abril o si modifica la medida cautelar que enfrenta la exfuncionaria para que pueda enfrentar su proceso penal en libertad

El Juez Tercero de Distrito en Amparo Penal de la Ciudad de México, Augusto Octavio Mejía Ojeda, ordenó al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, Ganther Alejandro Villar Ceballos, reponer una parte de la audiencia en la que se le negó a Robles Berlanga la modificación de la medida cautelar.

Sin embargo, la reposición del procedimiento sólo se hará a partir de que el Juez de Control, Ganther Alejandro Villar Ceballos, dictó la resolución en la que se negó a cambiar la prisión preventiva justificada por el beneficio de la prisión domiciliaria para Robles, argumentando que persistía el riesgo de fuga por la existencia de varios domicilios de la imputada.

La resolución señala que la reposición de la audiencia sólo aplica a partir de que el Juez de Control comenzó a argumentar la negativa para revisar la medida cautelar, por lo que ninguna de las partes puede aportar nuevas pruebas y tampoco habrá debate. Por lo anterior, el impartidor de justicia tendrá que volver a resolver sobre el tema, pero con argumentos distintos y bajo algunos criterios que le impone el amparo.

El amparo señala que el juez Villar Ceballos deberá volver a motivar y fundar su determinación, puesto que no analizó de manera adecuada como es que la existencia de varios domicilios de la imputada representan un riesgo de fuga, derivado de que la Fiscalía General de la República (FGR) argumentó que se encontraron documentos para acreditar que Rosario Robles había vivido en Reforma 222 y Tennyson 223 (Polanco), inmuebles distintos al domicilio de Las Flores en Coyoacán que su defensa había señalado para tratar de acreditar el arraigo de la imputada en la Ciudad de México

“El Juez de Control refiere que las condiciones variaron objetivamente de forma parcial, empero, son insuficientes para modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada, por la existencia de diversos domicilios, circunstancia que “no se aclaró desde la audiencia inicial”, olvidando que, la audiencia de revisión de medidas cautelares tiene como objetivo la verificación de la continuación o modificación de las condiciones que sustentaron de manera inicial, la imposición, en el caso, de la prisión preventiva justificada”, señala la sentencia.

Otro argumento para conceder el amparo a Robles Berlanga es que tampoco se analizó de manera adecuada la presunta capacidad económica de la imputada y sus familiares como uno de los elementos para acreditar el riesgo de fuga.

“Tales inconsistencias impidieron al Juez de Control, determinar de manera fundada y motivada si, en el caso, procedía la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva domiciliaria”, concluye la sentencia.

La sentencia de amparo no obliga al juez Ganther Alejandro Villar Ceballos a modificar la medida cautelar impuesta a Rosario Robles, por lo que este puede volver a dictarle prisión preventiva justificada y negarle la prisión domiciliaria.

Además, no se trata de una sentencia definitiva, ya que puede ser impugnada por la FGR ante un tribunal federal, con lo que el caso tardará al menos otros seis meses para resolverse.

Rosario Robles fue vinculada a proceso por el delito de ejercicio indebido del servicio público desde el 13 de agosto del 2019, fecha en la que se le dictó la prisión preventiva justificada por el delito de ejercicio indebido del servicio público en la modalidad de omisión, derivado de un presunto desvío por 5 mil millones de pesos que se cometió en Sedesol y Sedatu cuando estaba al frente de ambas dependencias.

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