Corte concede suspensión a polémico registro de telefonía móvil

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Hasta el momento se registran más de tres mil amparaos contra el PANAUT, de los cuales se han otorgado suspensiones definitivas con efectos individuales

Ciudad de México.-Una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una suspensión contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), según una notificación publicada la noche de este lunes.

Dicha medida se tomó tras aceptar a trámite la controversia constitucional promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones de abril pasado.

“Se admite a trámite la demanda que hace valer en representación del Instituto Federal de Telecomunicaciones, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse al momento de dictar sentencia.

“Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, señaló la SCJN mediante estrados electrónicos.

Advirtió que la “medida suspensional” surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, y sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente.

Hasta ahora no se conoce a detalle los alcances de la suspensión concedida, ya que la SCJN no ha hecho público el documento completo en donde señala los alcances de la medida concedida por la ministra Norma Piña.

La Controversia Constitucional del IFT, está planteada en términos similares a las acciones de inconstitucionalidad 82/2021 y 86/2021 promovidas por el INAI y senadores de oposición, respectivamente, también a cargo de la misma ministra

En su controversia, el IFT solicitó que se declare la invalidez de los artículos 180 Bis, en relación con el Tercero Transitorio; 180 Quáter; primer párrafo del Segundo Transitorio, Cuarto Transitorio y Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 16 de abril pasado.

Dichos artículos están relacionados con las reglas que crean el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, algunas especificaciones de operación, tanto para los particulares como para empresas; así como los plazos para su puesta en marcha.

A la controversia y acciones de inconstitucionalidad antes citadas, se suman más de 3 mil amparos promovidos contra el PANAUT, en muchos de los cuales se han concedido suspensiones definitivas, pero con efectos individuales, solo para la persona que promovió el recurso.

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