Pide Ceaip a dependencias ofrecer más Información de Interés Público a ciudadanía

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El Comisionado José Luis Moreno invita a funcionarios a cumplir con esta Obligación de Transparencia que permite fomentar la rendición de cuentas

Culiacán, Sin. Por primera vez la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública impartió capacitación a funcionarios sobre “Información de interés público. Identificación, publicación y listados”.

Esta se desarrolló de manera virtual y fue dirigida a un centenar de funcionarios encargados de atender los temas de transparencia en los diferentes sujetos obligados o dependencias de carácter estatal y municipal.

José Luis Moreno López, Comisionado del órgano garante, afirmó que al publicar este tipo de información, las instituciones fomentan la transparencia hacia los ciudadanos y la rendición de cuentas, además de que es una obligación legal con la que se debe cumplir.

Esta se encuentra prevista en el artículo 22, fracción XIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

El artículo dice: “Para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir las siguientes obligaciones según corresponda a su naturaleza”:
“XIII. Difundir proactivamente información de interés público”.

“Es importante que como autoridades sigamos tendiendo puentes hacia la sociedad, no solo porque las leyes lo mandaten, sino porque exista un interés genuino en la búsqueda de dar a conocer nuestra labor, fortaleciendo en los ciudadanos el conocimiento del quehacer de cada sujeto obligado”, explicó el Comisionado.

La información de interés público debe contar con las características de ser accesible, confiable, comprensible, oportuna, veraz, congruente, integral, actual y verificable, agregó.

Por su parte Gabriel Mercado Guerrero, encargado de Gobierno Abierto en Sinaloa y expositor del tema, invitó a los funcionarios a enviar al órgano garante de la transparencia, los listados de información de interés público que tienen a disposición de los ciudadanos en sus portales de transparencia, en cumplimiento del artículo 105 fracción I de la citada ley.

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