Arbitraria, resolución del Tribunal en caso de boletines en portal de Gobierno del Estado: PRI

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El partido asegura que la sentencia se dio sin que se haya demostrado de manera objetiva y sin ninguna duda que los mismos pudiesen tener participación en los hechos

Culiacán, Sin.- En relación a la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa en el Procedimiento Especial Sancionador TESIN-PSE-09/2021, en el cual se tuvo por supuestamente acreditada la infracción a la normatividad electoral respecto de la publicación de boletines de campaña de Mario Zamora Gastélum y Guadalupe Iribe Gascón en el portal institucional del Gobierno del Estado de Sinaloa, en PRI fijó la siguiente postura:

De manera arbitraria, el Tribunal tuvo por acreditada en la sentencia la existencia de infracciones respecto de los dos candidatos y del PRI, sin que se haya demostrado de manera objetiva y sin ninguna duda que los mismos pudiesen tener participación en los hechos.

A través del resolutivo se está aplicando a cada uno de los candidatos una multa por 50 unidades de medida y actualización $4,481.00 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.) y 100 unidades de medida y actualización $8,962.00 (OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.) para el PRI.

En su momento, tanto a través de nuestros apoderados legales como por el propio Partido hicimos valer nuestras alegaciones y defensas jurídicas correspondientes.

No obstante la cantidad de la sanción, no podemos reconocer que seamos merecedores de la misma puesto que no tuvimos nada qué ver con la publicación de los boletines, porque nosotros no participamos de ninguna manera en dichos hechos.

No se nos puede sancionar por meras inferencias, los hechos deben ser demostrados de manera plena y es lógico que en este caso eso no sucedió.

Creemos que la sentencia es arbitraria, y por ello, en breve, una vez que sea notificado y analizado el resolutivo, se presentarán los medios de impugnación correspondientes a efecto de que esto sea conocimiento de la Sala competente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En aras de garantizar que dicha instancia resuelva lo conducente, es lo único que por el momento se dará a conocer en relación a este tema.

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